La definición de vehículo es cualquier scooter, motocicleta, carrito de golf, tuk tuk o todoterreno ofrecido por Wanna Ride Rentals. Este contrato de alquiler de vehículos (“Contrato”) se celebra entre Wanna Ride Rentals, empresa registrada con cédula n.º 3-102-679603 organizada de conformidad con las leyes de Costa Rica. En adelante, el propietario y el arrendatario se denominan colectivamente “Partes”. El propietario alquila al arrendatario y el arrendatario alquila al propietario, sujeto a los términos y condiciones de este contrato:
1. Vigencia. Este Contrato entrará en vigor el día en que el Arrendatario tome posesión del Vehículo y permanecerá en plena vigencia hasta su devolución al Propietario. El Arrendatario deberá devolver el Vehículo en la fecha especificada anteriormente, a menos que este Contrato se rescinda antes de conformidad con los términos aquí establecidos.
2. Depósito de Seguridad. Además de las tarifas de alquiler, el Arrendatario deberá pagar un depósito de entre $300 y $500, según el vehículo requerido, al momento de la firma del presente Contrato, con tarjeta de débito, tarjeta de crédito o efectivo. El Propietario podrá utilizar el depósito para cubrir cualquier monto adeudado en virtud del presente Contrato.
3. Pago. El Arrendatario deberá pagar el precio por día/semana/mes indicado anteriormente y autoriza al Propietario a cargar a su tarjeta de débito, tarjeta de crédito registrada o efectivo un monto equivalente a todos los pagos y cargos adeudados en virtud del presente Contrato. El Arrendatario también deberá pagar otros cargos de conformidad con el presente Contrato que se deban al devolver el Vehículo, en la medida máxima permitida por la ley, incluyendo, entre otros:
a) Cargos por servicios opcionales, si los hubiera;
b) Impuestos aplicables; 13% IVA
c) Pérdida, daños o reparaciones del Vehículo, pérdida de uso, disminución del valor del Vehículo causada por daños o reparaciones, y los costos para hacer cumplir dichos cargos, incluyendo las tarifas administrativas por la tramitación de la reclamación y los gastos legales.
d) Un cargo diario por día de retraso en la devolución del Vehículo o el importe máximo permitido.
e) Salvo que sea culpa del Propietario, todas las multas, sanciones, infracciones de tráfico y/o estacionamiento, costas judiciales, cargos de remolque y otros gastos relacionados con el Vehículo que se impongan al Propietario o al Vehículo durante el Período de alquiler.
f) Todos los gastos en que incurra el Propietario debido a la falta de devolución del Vehículo por parte del Arrendatario, incluyendo los costos de localización y recuperación del mismo.
4. Nota:
a) El vehículo en operación debe tener en su poder su pasaporte, sello de VISA y licencia de conducir.
b) La ley costarricense exige que todos los conductores usen casco y una correa reflectante por motocicleta.
c) Si las placas se retiran debido a que el arrendatario desobedece las normas de tránsito o se pierden, el arrendatario pagará la devolución de la placa, que puede tardar entre 7 y 10 días, a la tarifa de día completo.
d) Solo se utilizará gasolina súper (premium).
e) Pérdida de llave: 100 USD. Pérdida de llave para carrito de golf: 20 USD.
f) Pérdida de casco o daños importantes: 100 USD. El costo es mayor para cascos premium.
g) Pérdida de correa reflectante: 20 USD.
h) Las piezas dañadas se reemplazarán como las originales, según la lista de piezas.
i) La imprudencia, el descuido y la intención de dañar el vehículo o de que se lo confisquen, lo que resultará en una misión de "Rescate", están sujetos a un cargo de $3 por kilómetro recorrido, adicional a los daños, pérdidas y costos de reparación. La resolución depende del horario y la ubicación. No se cobra por problemas mecánicos inesperados.
j) Cualquier artículo perdido de un tuk tuk, carrito de golf o SUV se valorará según el valor de los artículos perdidos.
5. Seguro. El arrendatario es responsable de la pérdida o de todos los daños que cause a terceros con su scooter/moto. El seguro básico (Marchamo) está registrado para el scooter/moto. Se requiere deducible para CRF y XR 650.
6. Carrito de golf. Se prohíbe su permanencia en Playa del Coco. Se prohíbe subir al cerro Cacique, pasar el Ancla y salir de Coco hacia la carretera principal. Se limita a pendientes pronunciadas. El incumplimiento resultará en la rescisión del contrato y sanciones por daños.
7. Conductores Autorizados. Solo quienes sean parte de este Contrato, lo firmen y cuenten con una licencia de conducir vigente para operar el Vehículo podrán conducirlo. Cualquier otro conductor tiene prohibido operar el Vehículo.
8. Restricciones de Uso. El Arrendatario no podrá:
a) Permitir que el Vehículo sea conducido por ninguna persona que no sea Conductor Autorizado según este Contrato.
b) Operar el Vehículo o permitir que se opere infringiendo la ley, incluyendo, entre otros, conducir bajo la influencia del alcohol o drogas, o infringiendo las normas y regulaciones de tránsito.
c) Operar el Vehículo o permitir que se opere para cometer una infracción.
d) Operar el Vehículo o permitir que se opere para cualquier carrera, prueba o concurso.
e) Operar el Vehículo o permitir que se opere para el transporte de más pasajeros o mercancías que el máximo permitido.
f) Conducir o permitir que el Vehículo sea conducido por cualquier persona que no cuente con una licencia de conducir vigente para operarlo.
g) Conducir o permitir que el Vehículo sea conducido o estacionado en carreteras sin mantenimiento regular, o en cualquier camino, playa, entrada, río o superficie que pueda causar daños al Vehículo.
h) Operar el Vehículo o permitir que sea operado para empujar o remolcar cualquier otro vehículo.
9. Reparación o Pérdida e Informe a la Policía. El Vehículo no se someterá a mantenimiento ni reparación, ni se reemplazarán piezas ni accesorios sin el consentimiento previo del Propietario. El Arrendatario deberá informar al Propietario de cualquier daño al Vehículo. El Arrendatario será responsable de cualquier pérdida o daño al Vehículo, así como de la pérdida de uso, la disminución del valor del Vehículo causada por daños o reparaciones, y la falta de equipo. En caso de accidente, incidente o robo, el Arrendatario deberá informar al Propietario del accidente o incidente lo antes posible.
10. Estado del Vehículo. Se revisa el estado del Vehículo. El Arrendatario reconoce haber examinado el Vehículo y que se encuentra en buen estado, salvo que se especifique lo contrario en los comentarios a continuación o en las fotografías tomadas.
11. Devolución del Vehículo. El Arrendatario deberá devolver el Vehículo en la fecha indicada en el Calendario anterior, en el mismo estado en que lo recibió, salvo por el desgaste normal. El Arrendatario deberá devolver el Vehículo en el lugar de devolución acordado. Si no se devuelve en dicha fecha, el Propietario se reserva el derecho de tomar las medidas necesarias para recuperar la posesión del Vehículo.
12. Terminación. Este Contrato terminará en la fecha indicada anteriormente. El Propietario se reserva el derecho de rescindir este Contrato antes de lo previsto, previa notificación al Arrendatario.
13. Indemnización y Responsabilidad. El Arrendatario indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad al Propietario ante cualquier reclamación, demanda, causa de acción, pérdida o responsabilidad (incluidos los honorarios de abogados y los gastos de litigio) por cualquier daño a la propiedad o lesión personal que surja del uso del Vehículo por parte del Arrendatario, por cualquier causa, excepto en la medida en que sea causado por negligencia grave o dolo del Propietario. En ningún caso el Propietario será responsable de pérdidas o daños indirectos, especiales o consecuentes que surjan del uso del Vehículo por parte del Arrendatario, incluyendo, entre otros, el lucro cesante y la pérdida de ingresos, incluso si se le informa de dichos daños. Las disposiciones de este Artículo seguirán vigentes tras la rescisión de este Contrato con respecto a cualquier reclamación o responsabilidad que surja antes de dicha rescisión.
14. Propiedad. El Propietario conservará en todo momento la propiedad y el título del Vehículo. El Arrendatario notificará inmediatamente al Propietario en caso de que el Vehículo sea embargado, tenga un gravamen o esté amenazado de embargo. El Arrendatario indemnizará y eximirá de responsabilidad al Propietario por cualquier pérdida o daño causado por dicha acción.